Por otra parte, se puede destacar que la mayoría de las cámaras tienen sistemas que permiten la captación de sonidos. Además de esto, en el caso de que el sistema de videovigilancia esté que viene dentro con el sistema de alarma, el micrófono puede ser preciso para establecer comunicación con la Central Receptora de Alarmas; aunque no está tolerada la grabación del audio. En su Resolución de octubre de 2020 (SP/DOCT/107430) la AEPD resolvió sobre la denuncia de una trabajadora de una Escuela para niños de 0 a 3 años en cuyas salas había cámaras a fin de que los padres, mediante una app, tengan la posibilidad de observar a los pequeños, oírlos, grabarles, y tomar fotografías. Aseguraba la denunciante que no le habían pedido su permiso para llevar a cabo dichas grabaciones, atentando contra su derecho a la intimidad, y que tampoco había carteles informativos. Lo hasta aquí comentado podríamos decir que forma el marco normativo y jurisprudencial general relativo a uso de sistemas de grabación de imagen y/o sonido en el campo laboral. Ahora bien, como advertía al comienzo, estas premisas en abstracto entonces deben ser objeto de interpretación y aplicación caso por caso.
Se considera una práctica ilegítima por vulnerar el derecho a la privacidad de los trabajadores, siempre y cuando no haya causa razonable para la grabación. Por tanto, de forma inusual, el producto 89 de la Ley de Protección de Datos establece que es legal el registro de sonidos cuando existe un peligro para la seguridad de las instalaciones, los usados o los recursos materiales. Según los últimos cambios legislativos tras la entrada en vigor del RGPD, a fin de que alguien logre capturar nuestra imagen mientras que nos encontramos haciendo un trabajo deberíamos dar nuestro consentimiento. En la práctica esto se ha solventado con algo tan sencillo como integrar en los contratos una cláusula que informa al usado de que va a ser grabado durante sus horas de trabajo y se le pide consentimiento para esto. De esta forma, la utilización de cámaras de seguridad en el trabajo es legal si se cumplen también el resto de requisitos. Muy distinta es la situacion de la instalación de genuinas cámaras furtivas o espía.
¿me Pueden Grabar Con Videocámaras En El Trabajo Sin Mi Consentimiento?
Una de las dudas más usuales de los usados es si las cámaras de supervisión en el trabajo tienen la posibilidad de grabar solo imágenes o asimismo pueden registrar audio. Si bien el permiso de los trabajadores ya no es requisito para colocar cámaras en el trabajo, sí hay que cumplir con el deber de informar, por ejemplo poniendo carteles de región videovigilada. El Tribunal Supremo ha abierto el camino para que los empresarios puedan poner cámaras de vigilancia sin comunicar a los usados, siempre y cuando cumplan de el requisito de proporcionalidad y no existan otras alternativas para garantizar la seguridad. Asimismo, la instalación de videocámaras en el trabajo debe responder al principio de proporcionalidad. Esto es, el fin perseguido debe justificar las medidas adoptadas. Por tanto, SÍ es legal poner cámaras en el trabajo, pero como observamos, es requisito cumplir ciertos requisitos.
El producto 20.3 del Estatuto de los Trabajadores afirma que el empresario tiene derecho a tomar las medidas de vigilancia y control que considere oportunas para garantizar que el trabajador cumple con sus obligaciones y derechos laborales. Sin embargo, la instalación de cámaras de supervisión en la compañía trae consigo una serie de consideraciones que se deben tomar en consideración en el momento en que supone la grabación de trabajadores, como la grabación de audio por la parte de los sistemas CCTV instalados en el negocio. Antes de la entrada en vigor de la «Ley Omnibus» se demandaba que la compañía instaladora de las cámaras de videovigilancia estuviese autorizada por el Ministerio de Interior y cumpliera los requisitos demandados por este; para que el régimen de las imágenes fuera legítimo.
Obligación De Reportar De La Intención Sancionadora
El audio solo podría incluirse si no existe otro medio menos invasivo para efectuar el control. Entiendo que la presencia de audio en zonas donde no trabajáis con los residentes no es necesaria con lo que podéis preguntar con la AEPD. Buenos días Pamela, las cámaras de vigilancia solo tienen la posibilidad de instalarse en los edificios de casas con el consentimiento de los dueños y poniendo el letrero informativo correspondiente. Buenos días Lupita, la compañía sí puede poner cámaras de supervisión en la compañía siempre que ponga los que corresponden carteles informativos. Buenos días Juan Pablo, la empresa debe informar con los que corresponden carteles de la existencia de videocámaras.
¿Tienen la posibilidad de ser utilizadas estas grabaciones como prueba para despedirnos? La videovigilancia es un fenómeno en alza y estas inquietudes pueden ser muy habituales. Buenos días Cristina, lo normal es que las cámaras de vigilancia no tengan audio puesto que la AEPD considera que el audio solo debe emplearse cuando sea rigurosamente preciso. Si se utiliza, debe justificarse que no existe otro medio menos intrusivo para la intimidad.
Contenido Del Letrero Informativo
El dispositivo escogido depende de lo que se desee controlar exactamente, en algunos casos se usan cámaras fijas que graban siempre y en todo momento un mismo punto, al tiempo que en otros casos es conveniente elegir con cámaras capaces de rotar 360º. Si se instalaban vídeo cámaras sin cumplir este requisito y después se utilizaba la grabación para despedir a un trabajador, el despido podía ser considerado como improcedente, aun si se acredita algún incumplimiento por parte de la persona trabajadora. Hola trabajo en una compañía de ocio, donde han puesto cámaras en todos los sitios estratégicos, con sus respectivos avisos , todo muy legal. El hecho es que mi jefe se enfadó bastante conmigo pues dedicaba 2 o 3 horas a efectuar unas tareas de estudio de otra empresa ajenas a mi trabajo actual. Me mencionó que me había visto y había oído diálogos mías en relación con esas tareas.
Pero, antes de ponerlas, deben cumplir ciertas condiciones. Te contamos cuáles son y en qué ocasiones puede hacerse un uso inapropiado de ellas. Pero las cosas han cambiado desde 2018 con la entrada en vigor del RGPD. La legislación pide que se informe a los trabajadores de que van a ser grabados. Es más, se debe comunicar de manera expresa de que las grabaciones conseguidas tienen la posibilidad de llegar a usarse con finalidad sancionadora si se descubre una infracción.
Las cámaras apuntan eminentemente a los prototipos y al área de trabajo y cada usado recóndito tiene sus credenciales. Lo dicho en el punto anterior sobre los vestuarios se puede extender a los baños donde, si cabe, todavía es más esencial respetar la privacidad de los empleados. La única excepción a esta regla se aplica caso de que las grabaciones hayan sido autorizadas judicialmente y, en cualquier caso, han de ser efectuadas por profesionales en especial designados para esta tarea. ¿Es importante saber que charlan los empleados mientras trabajan? Mientras que el trabajo se realice correctamente lo demás da igual.
No se grabarán imágenes en vestuarios, aseos o zonas de descanso. ¿Precisas asistencia para escoger una cámara de videovigilancia? Volviendo al caso de mi cuñada (ahora me perdonarás por contar tu experiencia), ¿consideras proporcionado que la cámara te prosiga exclusivamente a ti en el momento en que te mueves por la tienda?
Legislación De Videovigilancia: Imprescindible El Deber De Información
Y siempre y en todo momento dentro del marco legal y los límites inherentes a ese control. La toma de estas imágenes no se considera objeto de la ley de protección de datos. Los trabajadores deben estar en todo caso informados de la presencia de cámaras de vigilancia con audio. Por otro lado, se puede destacar que el Estatuto de los Trabajadores sí protege la videovigilancia como medida de control laboral, sin precisar que la grabación de audio esté completamente prohibida. Por servirnos de un ejemplo, en una tienda, las cámaras son un factor de seguridad para eludir probables robos. En caso de una casa particular, el dueño que decida disponer cámaras debe tener claro es que no podrán captar lo que ocurre en la calle.
¿se Puede Publicar La Identidad De La Gente En Temas De Relevancia Penal?
Buenas tardes Gabriela, el audio en el trabajo no está tolerado salvo que no permanezca otro medio menos intrusivo de control laboral. Hola, me gustaría saber si está prohibido poner cámaras en la entrada de un edificio hacia al ascensor y en los garajes? Son edificios oficinas pero la gente utiliza como vivienda. El “presidente “ del edificio mira las imágenes todo el tiempo y me gustaría saber si esto está permitido. En mi compañía pusieron una cámara ase tiempo, que se dirija sola cabeza a mi área de trabajo un taller de cuidado pero está tan inclinada que me ase pensar que solo me está observando Ami y me siento acosado es legal esta situación.
Si se respetan todos y cada uno de los requisitos que hemos ido viendo a lo largo de este producto, no va a haber ningún problema para poder usar la grabación como medio de prueba para justificar una sanción e inclusive para justificar un despido. Hay que tener siempre y en todo momento presente los derechos de los trabajadores y no grabar en espacios vetados, como un vestuario. Que su única finalidad sea controlar que cumplen con sus obligaciones laborales. Tengo una pregunta; ¿puede el responsable de la tienda donde trabajo, tener una cámara de supervisión puesta con audio, que va de manera directa a su móvil y la mira cuando no está en el puesto de trabajo y nos escucha y vigila?.